La derogación definitiva de la Ley de Alquileres marcó un punto de quiebre en el mercado inmobiliario argentino. Tras años de regulaciones que ahogaron la oferta, espantaron inversiones y empujaron los precios hacia arriba, el sector vuelve a respirar bajo reglas más simples y acuerdos libres entre partes. En este nuevo escenario recupera protagonismo una herramienta que, lejos de la maraña burocrática estatal, ofrece una vía concreta para que un inquilino pueda convertirse en propietario: el Leasing Inmobiliario.
El leasing —bien conocido en el mundo automotor pero subutilizado en la vivienda— combina tres elementos clave: alquiler, financiamiento y opción de compra. El mecanismo es claro: el inquilino ocupa el inmueble pagando un monto mensual y, al finalizar el plazo, puede adquirirlo en las condiciones pactadas desde el inicio.
No se requieren anticipos imposibles, no hay créditos hipotecarios inaccesibles ni intermediaciones estatales. Es un acuerdo privado donde el usuario vive en la propiedad que luego puede comprar, mientras sus pagos funcionan como parte del valor final.
El principio central es simple y profundamente liberal: si ambas partes acuerdan, el Estado no debe interferir.
El contrato tiene dos componentes:
Alquiler: fija el monto mensual, el uso del inmueble y las condiciones de ocupación.
Opción de compra: determina el precio y el modo en que se ejercerá la adquisición.
El precio puede pactarse desde el inicio o calcularse al momento de la compra, descontando lo abonado durante el período de alquiler.
La clave: si el inquilino cumple y quiere comprar, el propietario está obligado a vender. Un compromiso contractual firme sin necesidad de regulaciones adicionales.
Para el inquilino:
Acceso a la propiedad sin anticipo elevado.
Conocer y habitar la vivienda antes de adquirirla.
Cada pago mensual integra el monto final.
Opción de compra garantizada por contrato.
Para el propietario:
Cobro asegurado todo el período.
Menor riesgo de mora.
Venta ya pactada sin depender del mercado.
Un acuerdo voluntario donde los incentivos están alineados, sin el corsé estatal que generó el colapso de la oferta durante los años de regulación.
Aunque la Ley de Alquileres fue derogada, el marco civil sigue vigente y permite acuerdos libres, siempre por escrito. Un punto clave es el depósito de garantía, hoy totalmente desregulado: las partes pueden fijar monto, moneda y modalidad de devolución sin imposiciones externas.
La normativa contempla salidas claras para ambas partes:
Puede rescindir el propietario si el inquilino:
Cambia el destino del inmueble.
Hace un uso indebido o lo abandona.
Acumula dos períodos sin pagar.
Puede rescindir el inquilino si el propietario:
No mantiene el inmueble en condiciones.
Presenta defectos graves.
O incluso sin causa, abonando solo el 10% del período restante.
La salida del Estado del centro de la escena permitió algo que parecía olvidado: la libertad de contratar. En ese contexto, el leasing inmobiliario aparece como una herramienta potente para dinamizar la transición entre alquilar y comprar, especialmente en un país donde el crédito hipotecario ha sido desmantelado durante años.
Con acuerdos más simples, incentivos alineados y menos intervención estatal, el camino hacia la vivienda propia vuelve a abrirse para miles de argentinos.